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Artículo 1 de la Ley 2.879

Ley 2.879

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 138427 / 7250114.

Texto oficial

Artículo 1.º Concédese a los señores Eduardo Valdivieso Valdes i Eduardo Errázuriz Larrain, o a quien sus derechos represente, permiso para construir i esplotar un ferrocarril a vapor de trocha de setecientos sesenta i dos milímetros que, partiendo de la estacion de Paniahue de los Ferrocarriles del Estado, pase por el pueblo de Santa Cruz, atraviese la cuesta de La Lajuela, siga por los valles de los esteros de Nelquihue i de Lolol para llegar al cacerío de Nilahue.