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Artículo PRIMERO transitorio del Decreto 509

Aprueba reglamento de medicina curativa para la direccion de prevision de carabineros de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 13859 / 8923322.

Texto oficial

Artículo primero.- El presente Reglamento comenzará a regir desde su publicación en el Diario Oficial.