Texto oficial
"Artículo 1º.- Autorízase a las Municipalidades que se indican y por las sumas que se señalan, para contratar con el Banco del Estado de Chile, Corporación de Fomento de la Producción u otros organismos de crédito, nacionales o extranjeros, uno o más empréstitos que produzcan hasta la suma total de Eº 3.500.000, a un interés no superior al bancario corriente y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de diez años: Municipalidad de Ancud, Eº 1.420.000; Municipalidad de Castro, Eº 1.400.000; Municipalidad de Chonchi, Eº 420.000; Municipalidad de Quellón; Eº 50.000; Municipalidad de Chaitén, Eº 50.000; Municipalidad de Achao, Eº 40.000, y Municipalidades de Quemchi, Dalcahue, Queilén y Curaco de Vélez, Eº 30.000, cada una.