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Artículo 5 de la Ley 3.074

Ley 3.074

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 138830 / 7250405.

Texto oficial

Art. 5.° Toda pension de jubilacion o de montepío que se conceda en conformidad a la presente lei, será