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Artículo 5 del Decreto 169

Decreto 169

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 138900 / 8346478.

Texto oficial

Artículo 5°.- El Vicepresidente Ejecutivo y los Directivos Superiores serán de la exclusiva confianza del Presidente de la República y tendrán derecho a la asignación del Art. 6° del decreto ley N° 1.770, de 1977.