Saltar al contenido

Artículo 6 del Decreto 232

Aprueba reglamento para el otorgamiento de distinciones y establece ''dia de la excelencia en salud''

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 139698 / 6179421.

Texto oficial

Artículo 6º: La concesión de las distinciones establecidas en los artículos precedentes le corresponderá al Ministro de Salud.