Texto oficial
Artículo 8º: Las proposiciones a que hace mención el
artículo anterior se presentarán ante una comisión
designada al efecto, la que estará integrada por las
siguientes personas:
El Subsecretario de Salud, quien la presidirá.
El Jefe de la División de Salud de las Personas del
Ministerio de Salud.
El Jefe del Departamento de Asesoría Jurídica del
Ministerio de Salud.
El Jefe de la Oficina de Comunicaciones y Relaciones
Públicas del Ministerio de Salud.
Un representante del Gabinete del Ministro de Salud,
designado por el Jefe de Gabinete.
Un asesor del Subsecretario de Salud, designado por
éste.
Un Miembro Honorario del Sistema Nacional de Servicios
de Salud, designado por el Subsecretario de Salud.