Texto oficial
Artículo 11º: Las designaciones de Miembros
Honorarios y las otras distinciones que se establecen en el
presente reglamento tienen únicamente el carácter de
reconocimiento y homenaje. No obstante, en el caso de
Miembros Honorarios permitirá a los agraciados concurrir y
visitar los Servicios y Departamentos asistenciales propios
de su especialidad, y participar en las reuniones clínicas
que se celebren, aportando sus conocimientos y experiencias
con derecho a voz en las deliberaciones.