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Artículo 5 de la Ley 3.183

Ley 3.183

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 139805 / 8347272.

Texto oficial

Art. 5.º El pago de las espropiaciones a que dé lugar la presente lei, lo hará el Municipio emitiendo bonos hasta por la cantidad de doscientos mil pesos ($ 200,000) i para lo cual solicitará la facultad necesaria de la autoridad correspondiente.