Saltar al contenido

Artículo 4 de la Ley 3.183

Ley 3.183

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 139805 / 8347271.

Texto oficial

Art. 4.º La Municipalidad venderá en pública subasta los terrenos que hubiere adquirido en conformidad al artículo anterior i aplicará su producto a la amortizacion estraordinaria de las deudas que hubiere contraido para pagar las espropiaciones referidas.