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Artículo 1 de la Ley 3.253

Ley 3.253

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 139938 / 6180203.

Texto oficial

Artículo 1.o Se autoriza al Presidente de la República para invertir hasta la suma de once mil ochocientos ochenta y cinco pesos cuarenta centavos ($ 11,885.40) en el pago de espropiaciones y demas gastos que orijine la apertura del camino de acceso a la estacion de Bellavista del ferrocarril de Pirque, y el que unirá tambien los de Puente Alto y Santa Rosa, en el departamento de La Victoria. La construccion de esta obra se iniciará una vez que estén inscritas las escrituras de cesion de terrenos que los vecinos interesados han ofrecido donar. La construccion del referido camino se hará con arreglo a las bases y planos confeccionados por la Direccion de Obras Públicas.