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Artículo 3 de la Ley 3.253

Ley 3.253

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 139938 / 6180205.

Texto oficial

Art. 3.o Los fondos para la construccion de esta obra se deducirán del ítem 646, de la partida 18 del presupuesto de Obras Públicas.