Texto oficial
Artículo 4°: Cada Centro de Alumnos se estructurará a
lo menos, con los siguientes organismos:
a) La Asamblea General
b) La Directiva
c) El Consejo de Delegados de Curso
d) El Consejo de Curso
e) La Junta Electoral.
También formarán parte constitutiva del Centro de
Alumnos todos aquellos organismos y comisiones de tipo
funcional, permanentes o circunstanciales, que para el mejor
cumplimiento de sus funciones puedan crear la Asamblea
General, la Directiva del Centro de Alumnos o el Consejo de
Delegados de Curso.
Las funciones a cumplir por los organismos y comisiones
permanentes referidos en el inciso anterior, serán
establecidos en el Reglamento Interno del Centro de Alumnos.