Texto oficial
Primera.- La parte devengada del componente base de la
asignación de modernización, conforme lo establecen los
artículos 3º y 4º de esta ley, se pagará en una sola
cuota, dentro de los sesenta días siguientes a su
publicación. Los pagos que correspondan, se regularán, en
lo que sea pertinente, por las normas del artículo 1º de
la ley Nº19.553.