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Artículo 1 de la Ley 16.971 · Autoriza a la municipalidad de cauquenes para contratar prestamos

Autoriza a la municipalidad de cauquenes para contratar prestamos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 140415 / 8347604.

Texto oficial

"Artículo 1º.- Autorízase a la Municipalidad de Cauquenes para contratar directamente con el Banco del Estado de Chile, la Corporación de Fomento de la Producción u otras instituciones bancarias o de crédito, uno o más empréstitos que produzcan hasta la suma de Eº 400.000, a un interés no superior al corriente bancario y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de diez años.