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Artículo 11 del Decreto 792

Reglamenta articulo 4° del decreto ley n° 3.476, de 1980, sobre cursos de educacion tecnica elemental de adultos con 800 clases de duracion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 141267 / 6184841.

Texto oficial

Artículo 11°: Para los efectos de evaluación y promoción de los educandos se considerará como asignatura, tanto a las que conforman las Arcas de Educación Técnica y Educación Complementaria, como a las asignaturas propiamente tales del Area de Educación General.