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Artículo 1 de la Ley 3.365

Ley 3.365

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 141374 / 9051009.

Texto oficial

Artículo 1.o Establécese en cada una de las ciudades de Antofagasta e Iquique, una escuela industrial de salitre, con un curso dedicado al estudio de la química industrial.