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Artículo 2 de la Ley 3.793

Ley 3.793

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 142628 / 6188884.

Texto oficial

Art. 2.o Autorízase al Presidente de la República para que emita hasta $ 200,000 en bonos, para realizar las obras indicadas en el artículo anterior.