Texto oficial
Art. 2.o Se autoriza al Presidente de la República para emitir hasta ochocientos mil pesos ($ 800,000), en bonos para realizar las obras indicadas en el artículo anterior.
Ley 3.621
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 142789 / 6189328.