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Artículo 63 del Decreto 597

Aprueba nuevo reglamento de extranjeria

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 14516 / 8264138.

Texto oficial

Artículo 63°.- Policía de Investigaciones de Chile llevará un registro especial de los asilados políticos, manteniendo actualizados sus domicilios y actividades que desarrollen. Asimismo, los someterá al control que determine el Ministerio del Interior.