Texto oficial
Artículo 4º.- Decláranse incobrables los documentos
que garantizaron la suscripción de convenios de pago
acogidos a las leyes N.os 15.021 y 16.623, sea cual fuere su
monto.
Declara incobrables las deudas tributarias que indica
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 145609 / 6198049.