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Artículo 3 del Decreto 603

Requisitos y condiciones generales de los procesos de licitacion, de las bases y de los contratos de concesion relativos a la administración y explotacion de los centros de exportacion a que se refiere el parrafo segundo de la ley n° 19.420

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 14565 / 7151240.

Texto oficial

Artículo 3°.- La concesión para la administración y explotación de los Centros de Exportación tendrá una vigencia de hasta veinte años, a contar desde la fecha de publicación del decreto que apruebe el respectivo contrato de concesión. Dicho decreto será expedido por el Ministerio de Hacienda;