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Artículo 10 del Decreto 615

Aprueba el reglamento para el servicio de seguro social

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 14648 / 7151470.

Texto oficial

Artículo 10° El salario base mensual de un asegurado estará constituído por el término medio de los salarios, rentas y subsidios sobre los cuales hubiere impuesto durante los cinco años calendario anteriores a la fecha del siniestro. Este salario se determinará dividiendo la suma de los salarios, rentas y subsidios indicados anteriormente por el número de meses comprendidos en el período de cinco años, o sea, por sesenta. Si el seguro se hubiere iniciado dentro de estos cinco años, la suma de los salarios, rentas y subsidios correspondientes al período posterior a la iniciación, se dividirá por el número de meses transcurridos desde la inscripción o la primera imposición, en su caso, hasta la fecha del siniestro.