Texto oficial
Artículo 136° El Consejo Directivo del Servicio
determinará las características de las estampillas o
sellos a que se refiere el artículo 7°, inciso 2°.
Aprueba el reglamento para el servicio de seguro social
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 14648 / 7151611.