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Artículo 157 del Decreto 615

Aprueba el reglamento para el servicio de seguro social

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 14648 / 7151633.

Texto oficial

Artículo 157° Los recursos a que se refiere el artículo 152° del presente Reglamento se destinarán exclusivamente a los fines establecidos en la ley 10.383.