Texto oficial
Artículo 25° Para los efectos de los contratos de
ejecución de obras por suma alzada, que se encuentren en
vigencia al 8 de agosto de 1952, se considerarán de fuerza
mayor todas las disposiciones de la ley 10.383, que importen
un aumento de los desembolsos patronales y que constituyen,
en consecuencia, un alza imprevista de los costos.