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Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 3

Dispone normas sobre remuneraciones en universidades chilenas

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 146983 · idParte: 9021069

Texto oficial

Artículo 3º.- Derógase el artículo 3º del Decreto Ley Nº 271, de 1974, y el Decreto Ley Nº 392, del mismo año, y cualquiera otra disposición legal contraria a lo dispuesto en el presente decreto con fuerza de ley, a contar de la fecha en que respecto de cada Universidad, entren en vigencia las nuevas remuneraciones.