Texto oficial
Art. 3.o Los dos injenieros, el estadístico, el archivero, el dibujante y el escribiente, que figuran en la Lei número 3,725 de 8 de febrero de 1921 y en la actual Lei de Presupuestos con el rubro "Para la Seccion Haberes", figurarán en adelante, "Para la Seccion renta".