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Artículo 1 de la Ley 4.452

Ley 4.452

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 147221 / 6203599.

Texto oficial

Artículo 1.o Concédese, por gracia, y por el término de diez años, a la señora Lucía Bulnes v. de Vergara, una pensión anual de doce mil pesos ($ 12,000), de la que disfrutará con arreglo a la Ley de Montepío Militar, a contar desde el 1.o de Enero de 1929.