Texto oficial
Artículo transitorio.- Para atender al pago de los sueldos del personal del nuevo Departamento Consular y de Comercio, durante el presente año, se formará un ítem especial, con las sumas que se indican:
a) Con los saldos del ítem 11, 03/01/, correspondiente a los sueldos del actual Departamento de Comercio.
b) Con la suma que se obtenga al deducir del ítem 05/01/01, correspondiente a los sueldos del personal de Secretaría del Ministerio de Relaciones Exteriores, la parte relativa a los sueldos del Director del actual Departamento Consular, del Oficial Revisor de Cuentas Consulares, de dos oficiales primeros, de un oficial segundo, y de un oficial supernumerario.