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Artículo 1 de la Ley 4.451

Ley 4.451

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 147235 / 8353047.

Texto oficial

Artículo 1.o Decláranse de utilidad pública, las siguientes propiedades situadas en la ciudad de La Serena, y que deslindan con el Cuartel de Carabineros: a) Propiedad de don Félix González Díaz, ubicada en la calle Cienfuegos y signada con los números 40 y 42, que tiene una superficie de terreno de 238.35 metros cuadrados; y b) Propiedad de doña Margarita Chacón, ubicada en la calle Colón y signada con el número 168, y que tiene una superficie de terreno de 265.20 metros cuadrados. Estas propiedades se destinarán al ensanche del mencionado Cuartel de Carabineros. Las respectivas expropiaciones deberán efectuarse con arreglo a las disposiciones de la ley de 18 de Junio de 1857. El mayor gasto que importe el cumplimiento de la presente ley se deducirá de las economías que se produzcan durante el año 1928, por el capítulo de plazas vacantes de la planta de Carabineros.