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Artículo 1 del Decreto Ley 259

Aprueba reglamento para la conservacion y comercializacion del pino insigne

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 148200 / 6207326.

Texto oficial

Artículo 1º.- Prohíbese la corta o explotación de la especie forestal pino insigne cuya edad sea inferior a 18 años; como asimismo, la comercialización de sus productos.