Texto oficial
Artículo cuarto: Los órganos exceptuados en el
artículo primero podrán acogerse voluntariamente a las
normas del presente decreto, mediante una comunicación
escrita en tal sentido, dirigida al Ministerio de Hacienda.
De incorporarse voluntariamente a este sistema las
Fuerzas Armadas y/o las Fuerzas de Orden y Seguridad
Pública, no estarán obligadas a informar las
contrataciones relativas a temas que puedan afectar la
defensa nacional o la seguridad pública.