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Artículo CUARTO del Decreto 1312

Establece sistema de informacion de compras y contrataciones publicas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 148364 / 6208039.

Texto oficial

Artículo cuarto: Los órganos exceptuados en el artículo primero podrán acogerse voluntariamente a las normas del presente decreto, mediante una comunicación escrita en tal sentido, dirigida al Ministerio de Hacienda. De incorporarse voluntariamente a este sistema las Fuerzas Armadas y/o las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, no estarán obligadas a informar las contrataciones relativas a temas que puedan afectar la defensa nacional o la seguridad pública.