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Artículo 7 del Decreto Con Fuerza de Ley 11

Refunde impuestos que afectan a los receptores de radio y radioelectrolas nuevos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 148456 / 6208571.

Texto oficial

Artículo 7º.- Los tributos de la ley Nº 12.120, en la tasa que corresponda, se continuarán aplicando a las ventas y otras convenciones que versen sobre receptores de radio y radioelectrolas usados, en conformidad a las normas de dicha ley.