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Artículo 2 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Modifica la planta permanente de servicios menores de correos y telegrafos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 148480 / 8353967.

Texto oficial

Artículo 2º.- Los aumentos de grado o categorías que experimenten los actuales auxiliares del Servicio de Correos y Telégrafos por aplicación del presente decreto con fuerza de ley, no se considerará ascenso para los efectos de los artículos 59º y 60º del DFL. 338, de 1960.