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Artículo 5 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Modifica la planta permanente de servicios menores de correos y telegrafos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 148480 / 8353970.

Texto oficial

Artículo 5º.- El encasillamiento que resulte de la aplicación del presente decreto con fuerza de ley, se efectuará de acuerdo al siguiente orden: primero, el personal de planta por orden de escalafón, y segundo, el personal a contrata, a jornal y de agentes Postales Subvencionados, por estricto orden de antigüedad.