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Artículo 4 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Modifica planta de servicios menores del servicio de impuestos internos a contar de la fecha que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 148481 · idParte: 6208719

Texto oficial

Artículo 4º.- Los cargos del artículo Nº 1 del presente decreto con fuerza de ley tendrán las remuneraciones establecidas en las categorías y grados de la respectiva escala contemplada en el DFL. Nº 40, de 1959, con sus modificaciones posteriores. El mayor gasto que demanda la modificación de la Planta de Servicios establecida en el artículo 1º del presente DFL. será de cargo del ítem 08-01-03-006.