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Artículo 9 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Modifica plantas de servicios menores de la secretaria y administración general de transportes y departamentos dependientes

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 148485 / 6208739.

Texto oficial

Artículo 9º.- El personal encasillado en las Plantas fijadas en el artículo 1º no perderá el derecho a continuar percibiendo los beneficios que se establecen en el artículo 21º de la ley Nº 17.654, a contar del 1º de Octubre de 1972, de acuerdo a lo prescrito en el artículo 6º de la ley 17.828.