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Artículo TRANSITORIO del Decreto Ley 905

Fija impuesto especial por litro de bencina corriente y especial, establecido por el articulo 102 de la ley nº 17.654

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 148502 / 6208816.

Texto oficial

Artículo transitorio.- No obstante lo dispuesto en el artículo 4º, atendido que el valor correspondiente al monto de los impuestos a que se refieren los artículos 1º y 2º se encuentra considerado en los precios fijados para los combustibles, a contar del 4 de Enero de 1975, a contar de dicha fecha se aplicarán los impuestos por el monto establecido en esos artículos.