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Artículo 58 del Decreto 655

Aprueba el reglamento sobre higiene y seguridad industriales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 14900 / 9029019.

Texto oficial

Artículo 58. Cuando haya que utilizar una escala en las bodegas de un barco, el encargado de las operaciones deberá proporcionarla, la cual tendrá, en su parte superior, ganchos que puedan ser aplicados a las brazolas o bien otros dispositivos que permitan fijarlas sólidamente.