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Artículo 203 del Decreto 655

Aprueba el reglamento sobre higiene y seguridad industriales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 14900 / 9029163.

Texto oficial

CAPITULO UNDECIMO {ARTS. 203-212} De las faenas salitreras Artículo 203. Cada cachucho o estanque destinado a la ebullición del caliche, deberá estar provisto de una rejilla de fierro tejida, en tal forma que no permita el paso del pie de un hombre. Además, deberán estar dotados de puentes resistentes con pasamanos sólidos. Estas rejillas deben ser colocadas antes de que se abran las llaves conductoras del agua o líquido hirviendo.