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Artículo 245 del Decreto 655

Aprueba el reglamento sobre higiene y seguridad industriales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 14900 / 9029205.

Texto oficial

Artículo 245. Se prohibe el uso de ropa suelta, como abrigos, mantas, chales y faldas de mucho ruedo o ropa deteriorada. Las mujeres que actúen próximas a ellas, deberán, además, cubrirse la cabeza con gorra. La ropa deberá ser lo más ajustada posible al cuerpo.