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Artículo 1 de la Ley 4.524

Ley 4.524

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 149138 / 6211240.

Texto oficial

Artículo 1.o Autorízase al Presidente de la República, para que dentro del plazo de un año, contado desde la promulgación de esta ley, proceda a enajenar en remate público los terrenos y edificios fiscales ubicados en el lado Norte de la Alameda de las Delicias, en la ciudad de Santiago, entre las calles Ahumada y Estado, y ocupados actualmente por el Liceo N.o 3 de Niñas. El mínimum para las ofertas será la cantidad de tres millones doscientos mil pesos ($ 3.200,000). Autorízase, asimismo, al Presidente de la República, para determinar las bases de la subasta y las garantías que se exigirán a los interesados.