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Artículo TRANSITORIO del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Modifica capitulo vi del d.f.l. (g) nº 1, de 1997

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 149265 / 6211672.

Texto oficial

Artículo transitorio.- La asignación especial no imponible establecida en el artículo 1º de este decreto con fuerza de ley, se pagará retroactivamente al personal en servicio activo a la fecha de publicación de la ley Nº19.646, en la siguiente forma: a) Por el período comprendido entre el 1º de enero y el 30 de junio de 1999 su monto será el equivalente al 10% del sueldo en posesión y, b) A contar del 1º de julio de 1999 el monto será el establecido en la letra n) del artículo 185 del decreto con fuerza de ley (G) Nº 1 de 1997, incorporada por el antes citado artículo 1º de este cuerpo legal.