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Artículo 1 de la Ley 19.658 · Modifica la ley nº 19.620, que dicta normas sobre adopcion de menores

Modifica la ley nº 19.620, que dicta normas sobre adopcion de menores

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 149672 / 7257678.

Texto oficial

''Artículo 1º.- Incorpórase la siguiente frase al artículo 47 de la ley Nº 19.620, que dicta normas sobre adopción de menores: ''En consecuencia, las causas que comenzaren a tramitarse con posterioridad a la entrada en vigencia de la presente ley, se sujetarán a sus disposiciones.''.