Texto oficial
Artículo 11.- Las solicitudes de concesión de
energía geotérmica que se presenten directamente o a
través de llamados a licitación pública, deberán
contener y acompañar, a lo menos, las siguientes menciones
y antecedentes:
a) El nombre, la nacionalidad y el domicilio del
solicitante, y, en su caso, también los de la persona que
haga la solicitud en nombre de otra. Si se trata de personas
naturales se indicará, además, su profesión u oficio y
estado civil;
b) La ubicación, extensión y dimensiones del terreno
respecto del cual se solicita la concesión y su plano,
indicándose las coordenadas U.T.M. de sus vértices, con
mención precisa de la región, provincia y comuna del
mismo. Si el terreno de la concesión comprendiere más de
una región, provincia o comuna, dicha mención deberá
incluir a todas aquellas que resulten comprendidas, y
c) Los antecedentes generales, técnicos y económicos
del proyecto de exploración o de explotación de energía
geotérmica y las inversiones proyectadas para su
ejecución.