Texto oficial
Artículo 26.- A la unidad encargada de la función de
tránsito y transporte públicos corresponderá:
a) Otorgar y renovar licencias para conducir
vehículos;
b) Determinar el sentido de circulación de vehículos,
en coordinación con los organismos de la Administración
del Estado competentes;
c) Señalizar adecuadamente las vías públicas, y
d) En general, aplicar las normas generales sobre
tránsito y transporte públicos en la comuna.