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Artículo 1 del Decreto 686

Autoriza instalacion de recintos ubicados fuera de la zona franca de iquique para acopio, almacenamiento y suministro de combustible u otros productos derivados del petroleo para aviacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 15101 / 5920305.

Texto oficial

Artículo 1°.- Autorízase la instalación de recintos fuera del perímetro de Zona Franca de Iquique y dentro de la Ia. Región de Tarapacá para el establecimiento y explotación de depósitos, en aeropuertos, para el acopio y almacenamiento de combustible u otros productos derivados del petróleo para la aviación y su suministro a las aeronaves.