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Artículo 4 de la Ley 19.663 · Concede beneficios economicos al personal de la contraloría general de la república

Concede beneficios economicos al personal de la contraloría general de la república

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 154588 / 7260554.

Texto oficial

Artículo 4°.- Las asignaciones a que se refieren los artículos anteriores serán imponibles para los efectos de salud y pensiones. Los beneficios contemplados en los artículos 1° y 2° de esta ley no se aplicarán para el cálculo del incentivo a que se refiere el artículo 12 de la ley N° 19.041.