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Artículo 3 transitorio de la Ley 19.663 · Concede beneficios economicos al personal de la contraloría general de la república

Concede beneficios economicos al personal de la contraloría general de la república

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 154588 / 7260561.

Texto oficial

Artículo 3°.- El mayor gasto que represente la aplicación de esta ley será financiado con los recursos contemplados en el presupuesto de la Contraloría General de la República. No obstante, el Ministro de Hacienda, con cargo al ítem 50-01-03-25-33.104 de la Partida Tesoro Público del Presupuesto del sector público para el año 2000, suplementará el referido presupuesto, en la parte de dicho gasto que la Institución no pudiere financiar con sus recursos.''.